PERÚ : GENERAL PNP EXIGE DERECHOS HUMANOS Y DERECHO AL TRABAJO



Lima, 16 de diciembre 2011

Señores:
Amnistía Internacional

Es grato dirigirme a ustedes con la finalidad de hacerle llegar mi preocupación y malestar por el desacato del Poder Ejecutivo al no dar cumplimiento al mandato Judicial del 9º Juzgado Constitucional, el cual ordena mi incorporación a la Policía Nacional del Perú, y al habérseme vulnerado mis Derechos Humanos y mi derecho al Trabajo.
El 16 de Junio del 2008, me encontraba como Director de la XI Dirección Territorial de la Policía de Arequipa – Moquegua – Tacna, y como responsable de dicha zona fui designado por el Comando de la Policía Nacional del Perú, para desalojar el Puente Montalvo en la Ciudad de Moquegua, el cual estaba tomado por los pobladores desde el 29 de Mayo 2008, con motivo de la paralización que tenía como finalidad buscar una solución a la repartición del canon minero, producido por las exportaciones de cobre de Southern Peru Copper Corporation en el sur del Perú, se procedió al bloqueo de la Panamericana Sur, aislando al Región Tacna de toda forma terrestre de comunicación, junto a la total paralización de las actividades económicas de Moquegua. Las acciones de la población moqueguana afectaron a la población de Tacna en la escasez y subida de precios de artículos de primera necesidad, el abandono de turistas varados en Tacna, el cierre de los colegios y actividades comerciales.
Para la ejecución de dicha Operación de desalojo de los manifestantes que se encontraban bloqueando la panamericana sur, se da inicio con la orden telefónica dada por el Director de la Policía el General PNP Octavio Salazar Miranda; Orden Telefónico Nº 1194-2008 DGPNP-CEOPOL-JO de 17JUN2008, la cual indicaba lo siguiente, en una de sus partes: “De conformidad al documento de la referencia, el Sr. Director del la Dirección Ejecutiva de Operaciones Policiales -PNP deberá formular el respectivo Plan de, a fin de que la operación de desbloqueo de la zona de Moquegua e Ilo, se encuentre garantizada de la previsiones necesarias antes, durante y después del evento, para evitar COSTO SOCIAL alguno y asegurar que el accionar policial se ejecute con el debido respeto a los DD.HH, prudencia y sin excesos”.
El día 16JUN2008, en horas de la noche para ejecutar la operación, yo no contaba con el personal suficiente para dar inicio al desalojo y al ver la superioridad de manifestantes (25,000 personas aproximadamente) entre niños, ancianos, mujeres gestantes, etc., a horas 04:30 decidi no ejecutar la operación ya que si se llevaba a cabo iba haber un costo social demasiado alto y en cumplimiento de la Orden Telefónico Nº 1194, donde se me indicaba que debería evitar COSTO SOCIAL alguno y asegurar en todo momento que el accionar policial se ejecute con el debido respeto a los DD.HH, prudencia y sin excesos, es que decido que la operación no se ejecute, ya que gracias al dialogo con los dirigentes de Moquegua, (Yo era el único representante del Gobierno, ya que una delegación de las autoridades se encontraban en Lima y los pocos que se encontraban en Moquegua no salieron a dialogar se escondieron), se acordó tener una reunión a las 08:00 de la mañana con todos los dirigentes de las comunidades comprometidas y así llegar a una tregua con el Gobierno de 48 horas para la solución de los reclamos.
A las 08:00 mientras yo dialogaba con los representantes e iba lograr su propósito, fui traicionado por las fuerzas de apoyo al lanzar gases lacrimógenos a los manifestantes que estaban en el Puente Montalvo, orden dada desde Lima al Coronel PNP Clever Vidal por el General PNP Octavio Salazar Miranda Director General de la Policía Nacional del Perú, esta acción dio inicio al enfrentamiento con la población.
En la reunión los dirigentes al enterarse del empleo del gas lacrimógeno los dirigentes me trataron como “Traidor”, ya que pensaron que yo los había convocado a la reunión para distraerlos y dar inicio al operático, cosa que no fue, yo les explique que el gas lacrimógeno había sido utilizado sin mi autorización, es así para evitar que se produzcan algún costo social, me retire de la reunión y me dirigí al Puente Montalvo, en el trayecto me encuentro con unos 1,500 manifestante y al querer utilizar el gas lacrimógeno me doy con la sorpresa que el gas estaba pasado y no funcionaba, en ese momento la turba sube a la cima del cerro y comienzan a arrojarnos piedra cerca de 1,000 personas que nos hacen retroceder, cayéndonos los 40 policías y yo de una altura de 2 metros y medio de altura aproximadamente, produciéndose en mi personal y yo múltiples facturas a consecuencia de la caída, inmediatamente nos tomaron de rehén por los manifestante y llevados a las carpas.
Cuando estoy en las carpas como rehén y al ver personal en el interior de ellas con lesiones graves, personal femenino que había sido tocadas íntimamente y personal retenido en un promedio de 70, es que decido hablar con los dirigentes, pero lamentablemente los dirigentes que iniciaron estas protestan no se encontraban, ya que habían perdido el control de las masas y fueron remplazados por otras supuestos líderes, con los que dialogue y le pedí la evacuación de mi personal herido a los hospital de Moquegua y Arequipa, les manifesté que yo era la persona de mayor importancia para ellos, teniéndome a mi podían negociar con el Gobierno, los dirigentes aceptaron y me indicaron que para poder evacuar a mi personal herido me arrodille, le pida perdón al pueblo de Moquegua por el uso del gas lacrimógeno y le ordene al personal Policial que se retire y deje de seguir atacando a la población, yo les indique que por ningún motivo me arrodillaría y ni les pediría perdón y opte por pedir disculpas, flamear un trapo blanco como símbolo de paz y que cesen los ataque de la Policía contra la Población, una vez que hable por la radio al pueblo de Moquegua, llegan el Obispo de Tacna y Moquegua, Mons. Marco Antonio Cortez Lara, junto con el Jefe de la Oficina Defensorial de Moquegua, Dr. Hernán Cubas Chávez quienes tuvieron un rol muy importante en mi liberación, al controlar los ánimos de los manifestantes, y el Defensor del Pueblo me acompaño cogiéndome del brazo de ida y vuelta al Puente Montalvo, cumpliendo las exigencias de los manifestantes de inmediato se procedió a evacuar al personal herido, y me quede como rehén yo y 60 efectivos, nos llevaron a la iglesia y siendo liberados el 17JUN2008, a horas 4 pm.
Sin embargo este acto de evitaran costo social en Moquegua, fue mal visto por el Presidente de la República Alan García Pérez (19JUN2008), quien manifestó ante la prensa lo siguiente; “Me impresionó mucho ver que un alto jefe policial se entregara de esa manera, tan mansamente (…) Un alto jefe policial tiene que tomar las precauciones suficientes y jamás reaccionar ante el peligro físico como lo hizo. Una persona que tiene miedo físico que mejor no se meta en estas cosas”.
Yo le aclare ante la prensa al Presidente García, que para juzgar como lo hizo es necesario estar en el lugar de los hechos; es decir, donde las “papas queman” y no hacerlo “sentado en un escritorio desde Lima y desde ahí señalar las cosas. Estoy orgulloso de esta operación porque no tuvo un costo social”, dijo refiriéndose a que no hubo víctimas mortales que lamentar. “Fue una decisión plena, pensé en la vida de nuestros policías. ¿Qué hubiese pasado si hubiese habido treinta muertos, dónde estaría el señor ministro del Interior, el señor director de la PNP? ¿Qué problema tendría nuestro presidente?”, preguntó. (Fuente diario la Primera)
El 16 de junio de 2008 como corolario de una serie de tensos sucesos, un centenar de hombres y yo vivimos una pesadilla que nunca pensé que podía ser posible. De pronto estábamos tratando de salvar nuestras vidas bajo una lluvia de piedras, perseguidos muy de cerca por una turba exaltada y furiosa que pretendía lincharnos. Habíamos sido abandonados a nuestra suerte por el Gobierno y los mandos policiales que tenían la misión de apoyarnos operativamente. ¿Qué podía hacer? ¿Enviar a mis hombres a matar y a morir? No podía hacer eso porque yo no me hice policía para matar, sino para defender a la sociedad. Negocié y salvé vidas pero acabaron con mi carrera. Hoy hay paz en Moquegua y el Perú se ahorró un baño de sangre.
Hechos que atentaron contra mis Derechos Humanos y del Trabajo:

Pase al retiro por renovación.-

El Presidente de la Republica me paso al retiro por renovación (Me retiro de mi trabajo) atentando contra mis derechos al Trabajo, al retirarme sin ninguna justificación y motivación en la Resolución Suprema.

Me negaron atención medica.-

El Director General de la Policía Nacional del Perú, no autorizo mi atención en los hospitales de la Policía o particulares yo tuve que correr con los gastos de mi operación y rehabilitación en las clínica Internacional de Arequipa y en la Clínica Americana de Lima.

Reglaje - me siguieron a mí y a mi familia.-

Personal de la Dirección de Investigación Criminal – División de la investigación de Secuestro, determinan en las investigaciones de acuerdo al Atestado N° 06-DIRINCRI-PNP/DIVINSEC-D3 E3, que fui reglado (Seguido por personal de la Policía) configurándose el Delito Contra la Libertad - Violación de la Intimidad, denunciado a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de Lima, donde en las Conclusiones se demuestra que el SOB. PNP Harry Tony ULFE MEDINA y otros aún no identificados, resultan ser presuntos Autores del Delito Contra La Libertad - Violación de la Intimidad, en agravio de mi persona y mi familia.

Secuestro.-
El día 17 de junio del 2008, ha horas 04.00 PM, cuando me encontraba retenido en la iglesia en compañía del personal Policial, se me acerco el Párroco de la Iglesia el Padre Ayala, indicándome que los dirigentes de Frente de Defensa de los Intereses de Pueblo de Moquegua y Organizaciones Sociales, habían decidido que yo los acompañe a Lima, a la reunión que iban a tener en la Presidencia del Consejo de Ministros, con el Primer Ministro Jorge del Castillo, con motivo de llegar a un acuerdo, para la solución de la Huelga, es entonces que me preparo para el viaje, cuando me encontraba en el Aeropuerto de Moquegua, ha horas 05.30 PM, se me acerco el Coronel de la Sanidad de la PNP Danilo Agramonte, para indicarme que de orden del Director General de la Policía Nacional de Perú, no viajara a Lima, me lo dijo en presencia del Obispo de Tacna y Moquegua, Mons. Marco Antonio Cortez Lara, quien se quedo sorprendido por la actitud del Director General PNP, Octavio Salazar Miranda, indicando el Monseñor que ya había un compromiso con los Dirigentes, el Pueblo de Moquegua y el Primer Ministro Dr. Jorge Del Castillo Gálvez, el Coronel indico que era una orden del Director General de la Policía Nacional del Perú - DIRGEN-PNP, abordamos el helicóptero en el aeropuerto de Moquegua y nos dirigimos con destino al Aeropuerto de Arequipa, en el viaje me comenzó a doler la muñeca y el Coronel Medico me puso la mascarilla y inhale una sustancia que me descompenso al llegar al aeropuerto de Arequipa me evacuaron en ambulancia hasta el Hospital de Policía, posteriormente se le comunico a la Comisión de personas que me acompañaban en el helicóptero para viajar a Lima, que yo había sufrido una descompensación y que no podía proseguir el viaje. Como testigo esta el Mons. Marco Antonio Cortez Lara, el representante de la Defensoría del Pueblo de Moquegua, personal Policial de mi seguridad, mi esposa y la Comisión de los dirigentes del Frente de Moquegua que viajaban en el helicóptero.

No me asignaron el vehículo en el grado de general.

Todo Oficial en la Jerarquía de Coronel y General tienen derecho a que el Estado le dé un vehículo apenas asciende, es el caso mío yo tenía dos años de General y por motivos presupuestarios el Estado no pudo compara los vehículos el primer año - 2007 y se compro el año - 2008, los Vehículos llegan en el mes de Setiembre 2008 después de los sucesos de Moquegua, en ese año se encontraba de Director General el General PNP Miguel Hidalgo, el cual dispuso que los vehículos se entreguen en el mes de Enero – 2009, después que me pasen al retiro, en el mes Enero llame al General PNP Miguel Hidalgo para solicitarle mi vehículo y él me manifestó que ya no me correspondía porque estaba de retiro. Esperaron que yo salga de retiro para repartir los vehículos, pese que ese vehículo se había pedido con un año de anticipación (2007) cuando ascendí, se vuelve a cometer otra injusticia más contra mi persona.

Ayuda memoria de mis procesos:
Fuero Militar - Policial.-
Por proteger la vida de mis Subalternos y Civiles, el 09 de abril del 2010 el Fuero Militar Policial me sentencio a 18 meses de prisión condicional, por el Delito de Omisión de Cumplimiento de Deber en Función Operativa en agravio del Estado, esto quiere decir por no cumplí con la orden de despejar el puente Montalvo, sin importarle a los magistrado que se debería evitar COSTO SOCIAL alguno y asegurar en todo momento que el accionar policial se ejecute con el debido respeto a los DD.HH, prudencia y sin excesos el 16 de junio de 2008. Asimismo debería pagar una reparación civil de seis mil nuevos soles, la cual apele y siendo anulada pasando a la segunda instancia.

Apele ante el Fuero Militar Policial y la causa volvió a la etapa de instrucción, pero la Vocalía Superior del Tribunal Superior Militar Policial, mediante nueve (09) resoluciones, al amparo del artículo 550º inc. 1 del Consejo Supremo Militar de 1980, resuelve Sobreseer la causa (los exculpan de todo delito) a favor de los nueve (09) Oficiales que se encontraban involucrados en la investigación Judicial, quedando solos yo y el Coronel PNP Vicente Marcelo Álvarez Moreno – Jefe de la Región Policial de Moquegua, por el Delito de Omisión de Cumplimiento de Deber en Función Operativa en agravio del Estado.

Poder Judicial – Moquegua.-

En el Juicio llevado en el Poder Judicial - Corete Superior de Justicia de Moquegua, en el 1º Juzgado Colegiado – Sub Sede Modulo Penal, me encuentro en calidad de Agraviado.
Poder Judicial – Lima.-

En el proceso de reincorporación a la Policía Nacional del Perú, el expediente principal se encuentra en el 9º Juzgado Constitucional de Lima,

Se inicia el Juicio el 16/03/2009. Expediente 10028-2009-0-1801-CI-09.
El 25 de mayo del 2011, se me notifica se la SENTENCIA, Sumilla: Fallo: Declarando fundada la demanda …Disponiendo la reincorporación del predecesor ….siempre que no exista sanción administrativa disciplinaria o mandato judicial que impida esa ejecución….
Ese día se notifica al Director General y Procurador Publico del Ministerio.
La Dirección General Apela la decisión del Juzgado.
El 28 de Julio de 2011, el Juez Juan Fidel Torres Tasso, en su Resolución Nro. Uno Cuaderno Cautelar, donde SE ORDENA: La Reincorporación del demandante César Alberto Jordán Brignole como General de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, ejecutándose el presente mandato judicial por las autoridades demandas en el plazo de 15 días útiles.
El plazo se cumplieron el 22 de julio de 2011, el ex Ministro del Interior Miguel Hidalgo se negó a firmar dicha Resolución.
El 16 de agosto de 2011, donde de SE DECLARA improcedente la oposición FORMULADA POR LA Procuraduría a cargo de Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior; y prosiguiendo la causa según su estado, se requiere a los demandados para que cumplan con el mandato cautelar y en consecuencia reincorporar al demandante como General de la Policía Nacional en Servicio Activo, en plazo de tres días, bajo apercibimiento de ley.
El proyecto de Resolución Suprema para mi reingreso a la Policía está en el despacho del Sr: Presidente de la Republica.
Estoy a la espera de mi reposición hace 2 años 11 meses.

Adjunto la documentación que sustenta la violación de mis Derechos Humanos y del Trabajo:
Resolución Suprema de pase al retiro. Anexo N° 01
Denuncia Policial en la Comisaria de Magdalena del Mar. Anexo N° 02

Informe N° 006-2009-DIRCOTE-PNP/DIVITM-D4, Sobre resultado de la Investigación con relación a la denuncia presentada por el General PNP César Alberto JORDAN BRIGNOLE, por presunta acciones de reglaje por parte DD.TT. Donde en el punto “C” de las Conclusiones del presente Informe establece que si hubo presencia de efectivos y de vehículos policiales (motocicleta) por inmediaciones de mi domicilio. Anexo N° 02

El Atestado N° 06-DIRINCRI-PNP/DIVINSEC-D3 E3, por Delito Contra La Libertad - Violación de la Intimidad, denunciado a la Fiscalía Provincial Penal de Turno de Lima, donde en las Conclusiones se demuestra que el SOB. PNP Harry Tony ULFE MEDINA y otros aún no identificados, resultan ser presuntos Autores del Delito Contra La Libertad - Violación de la Intimidad, en agravio de mi persona y mi familia. Anexo N° 02

Curriculum sobre mi trayectoria Policial. Anexo N° 03

El Informe Medico Nro. 862.08-DIRSAL-PNP/XI-DTP/REGSAL-A-HRA-DM. DE 22 DE Junio del 2008, donde indica el motivo, de la no atención de mi persona en el Hospital de Policía de Arequipa.
El Informe Médico de la Clínica Anglo Americana, sobre la operación de la Fractura de hueso radio. Anexo N° 04

Reconocimiento Médico Legal Nro. 016684 – V del 2170672008, del Instituto de Medicina Legal. Anexo N° 05
Orden de Operaciones “RESTABLECIMIENTO DEL ORDEN PUBLICO MOQUEGUA 2008” N° 038-2008-XI-DIRTEPOL/EM-OFIPLOPE, del 15/Junio/2008. Anexo N° 05

Apreciación de Inteligencia-Moquegua. Anexo N° 06

Informe Nro. 001-2008-XI DIRTEPOL-DIR, del 20 de Junio 2008, donde da cuenta de los hechos acontecidos en la ciudad de Moquegua. Anexo N° 06

Oficio N° 291.2008-XI.DIRTEPOL/EM-OFIPLOPE del 17 de Junio del 2008, donde dispone la Investigación Administrativa Disciplinaria respecto quien ordenó la utilización del material lacrimógeno. Anexo N° 06

Carta de la Sociedad Civil “Sembrando Valores”, quien ha acordado distinguirme, con la más alta distinción que otorga su institución: la Medalla “Madre Teresa de Calcuta”, premio Nóvel de la Paz. Anexo N° 07

Oficio N° 2198-2008-GRA/PR, del Presidente del Gobierno Regional de Arequipa, expresando su solidaridad. Anexo N° 08
Algunos artículos de periodistas y opinión del Público por interne, sobre mi persona que destacaron y criticaron, mi actuación en Moquegua, por salvar Vidas. Anexo 09
Firmas de personas que me hicieron llegar su respaldo, por los sucesos de Moquegua. Anexo 10
Ordenes Telefónicas, del caso de Moquegua. Anexo 11
Informe del Mayor PNP Víctor SULCA LAGOS PILOTO COMANDO. Anexo N° 12
Informe del Comandante PNP Miquel BRIONES SILVA Jefe de las Unidades de Servicios Especiales de AREQUIPA. Anexo N° 13.

Manifetación del Ex. DIRGEN-PNP General-PNP Octavio SALAZAR MIRANDA. Anexo N° 14.

Documentación Presentada al Ministro del Interior, Interponiendo Recurso de Reconsideración, al Director General de la Policía Nacional del Perú, Solicitando Copia Autentificada de mi pase al Retiro, y al Presidente del Tribunal Administrativo Disciplinario Territorial – Lima, Solicitando Archivamiento de cualquier Informe Administrativo Disciplinario formulado en mi contra, el 24 de Febrero del 2009 presente el escrito donde Declara por Agotada la Vía Administrativa, y Documentos Presentados al Poder Judicial, Notificación N° 140890-2009-JR-CI, del 9° Juzgado Constitucional, Expediente 10028.2009.01801-JR-CI-09, del 26 de Marzo del 2009 donde el señor Juez Admite la Acción de Amparo, el 07 de Abril del 2009 se solicita al 9° Juzgado Constitucional la Medida Cautelar, ingresando con el Código N° 143182-2009. Anexo N°15

Oficio N° 05-2008-EMG-PNP/DIRASOPE-Sec. Del 22 Octubre 2008, dirigido al General PNP Carlos MATEO I TUEROS, Director de Telemática de la PNP, donde Solicita levantamiento del Secreto de comunicaciones del General PNP César Alberto JORDÁN BRIGNOLE y el Oficio N° 06-2008-EMG-PNP/DIRASOPE-Sec. Del 22 Octubre2008, dirigido al Ing. Carlos Alberto CHAVEZ PEREDA Director General de Asuntos Internos del Ministerio del Interior, no recibiendo respuesta de los oficios enviados. Anexo N° 16
Relación de 45 documentos de inteligencia enviados a la DIRIN y DIGIMIN, que prueban que desde el 29/05/2008, se empezó a dar cuenta a los Canales de Inteligencia, por día de los incidentes relacionados a los hechos acontecidos en la ciudad de Moquegua durante el paro indefinido organizado por el FDIP-Moquegua. Anexo N° 17
Relación de 25 documentos solicitando gas lacrimógeno y equipo policial antimotines, en forma reiterada al Comando Institucional para el personal policial de la XI-DIRTEPOL, siendo negativo el pedido. Anexo N° 24.

EL INSPECTOR GENERAL SE INHIBE DE CONTINUAR CON LA INVESTIGACIÓN, Oficio N° 130-2008-IGPNP/SP, del 04 de Setiembre del 2008, Con Memorándum N° 001-2008-DIRGEN-PNP-SPA/A, DEL 19SET2008, el DIRGEN PNP le da respuesta al Oficio N° 130-2008-IGPNP/SP, del 04 de Setiembre del 2008, del Sr. General PNP Luís HERNIQUEZ PALACIOS Inspector General de la Policía Nacional del Perú, para que asuma personalmente como Inspector General PNP la Investigación Administrativa Disciplinaria debiendo establecer responsabilidades de Comando que corresponda y le adjunta dos hojas donde le indica que normas y consideraciones debe de tener en cuenta para la evaluación en la investigación de los hechos de Moquegua, como se puede apreciar el Director General de la Policía Nacional del Perú Octavio Salazar Miranda quiso orientar las investigaciones, es por eso que el Inspector General no acepta la injerencia en las investigaciones del Director General de la Policía Nacional del Perú, ya que las investigaciones lo comprometían en los sucesos de Moquegua, el Inspector no acepta dicha injerencia. Dictamen N° 1442-2008-IGPNP-OAJ, del 23SET2008, Anexo N° 19.

Relación de 20 veinte efectivos de la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú DIRIN-PNP, que viajaron en Comisión de Servicio a Moquegua, con la finalidad de informar al Comando Institucional de cómo se desenvolvían los hechos, el personal recién viaja el 15/6/08 (4 efectivos – 2 llegan el 15/6/08 y los otros 2 el 16/6/08, información proporcionada por la Oficina de Inteligencia de la Región de Moquegua, donde se deberían de controlar, el resto de personal se le confecciono la Papeleta de Comisión de Servicio el 18/6/08 (3 efectivos) y el 19/6/08 (13 efectivos), se adjuntas las Papeletas de Comisión de Servicio, pero de acurdo al reporte de la Oficina de Inteligencia de la Región de Moquegua, donde se deberían de controlar NUNCA LLEGARÓN A MOQUEGUA. Se adjuntan las Papeletas de Comisión de Servicio donde se demuestra el día que recién salen de Lima y la Relación de los únicos Agentes de Inteligencia (DIGIMIN, DIRINT, DIRSEG, OFINT XI-DITERPOL-ARQUIPA Y DIVSERE-USE), con indicación del día y la hora de llegada a la Ciudad de Moquegua por disposición del Comando, con motivo de la Huelga General Indefinida, por el Canon Minero. Anexo Nº 20

Documentos enviados a los Órganos de Inteligencia y a la Superioridad y Documentos que se recibieron de la Superioridad en forma cronológica, antes, duarte y después de los acontecimientos en la ciudad de Moquegua el día 16JUN2008, durante el paro indefinido organizado por el FDIP-Moquegua. Anexo Nº 21

Concurrencia del Sr. Ministro del Interior Dr. Luis Alva Castro y el General de Policía PNP Octavio Salazar Miranda Director General de la Policía Nacional del Perú, a la Comisión Permanente del Congreso de la República, donde el DIRGEN-PNP MINTIO al indicar que si hubo Plan de Operaciones ejecutado por la DIREOP-PNP, dio información falsa al indicar que se traslado 1,800 efectivos Policiales a Moquegua, solo fueron 876, también dio información falsa, al decir que 20 veinte efectivos de la Dirección de Inteligencia de la Policía Nacional del Perú, habían viajado en Comisión de Servicio a Moquegua, con la finalidad de informar al Comando Institucional de cómo se desenvolvían los hechos, el personal recién viaja el 15/6/08 (4 efectivos – 2 llegan el 15/6/08 y los otros 2 el 16/6/08, información proporcionada por la Oficina de Inteligencia de la Región de Moquegua, donde se deberían de controlar), el resto de personal se le confecciono la Papeleta de Comisión de Servicio el 18/6/08 (3 efectivos) y el 19/6/08 (13 efectivos), se adjuntas las Papeletas de Comisión de Servicio, pero de acurdo al reporte de la Oficina de Inteligencia de la Región de Moquegua, donde se deberían de controlar NUNCA LLEGARÓN A MOQUEGUA. Se adjuntan las Papeletas de Comisión de Servicio donde se demuestra el día que recién salen de Lima y la Relación de los únicos Agentes de Inteligencia (DIGIMIN, DIRINT, DIRSEG, OFINT XI-DITERPOL-ARQUIPA Y DIVSERE-USE), con indicación del día y la hora de llegada a la Ciudad de Moquegua por disposición del Comando, con motivo de la Huelga General Indefinida, por el Canon Minero. Anexo N° 22

Comisión Permanente del Congreso de la República, palabras del General PNP Octavio Salazar Miranda, Director General de la Policía Nacional del Perú, con motivo de los sucesos de Moquegua, donde el DIRGEN PNP, miente al Congreso de la República y al País, sobre los sucesos de Moquegua en lo relacionado: a).- Con relación a la confección del Plan de Operaciones Especifico. B).- Con relación al Personal Policial de Apoyo. C).- Con relación a la inteligencia. Anexo N° 22


Bitácora del Helicóptero MI 17, de Matricula N° PNP-502, del día 16 de Junio del 2008, Conducido por el Coronel PNP Edgar Gonzales Espinoza, trasladando al Director General de la Policía Nacional del Perú General PNP Octavio Salazar Miranda, al General PNP Julio Vergara Jefe de la Dirección Ejecutiva de Operaciones Policiales DIREOP-PNP y el Obispo de Tacna y Moquegua, Mons. Marco Antonio Cortez Lara y comitiva, de la Ciudad de Tacna a la Ciudad de Moquegua a horas 16.08 llegando a horas 17.40. Anexo N° 23

Bitácora del Helicóptero MI 17, de Matricula N° PNP-502, del día 16 de Junio del 2008, Conducido por el Coronel PNP Edgar Gonzales Espinoza, trasladando al Director General de la Policía Nacional del Perú General PNP Octavio Salazar Miranda, al General PNP Julio Vergara Jefe de la Dirección Ejecutiva de Operaciones Policiales DIREOP-PNP y comitiva, saliendo de la Ciudad de Moquegua horas 19.35 llegando a la Ciudad de Arequipa a horas 20.10. Anexo N° 23

Nota Informativa N° 1322 –XI-DIRTEPOL-PNP-CEOPOL, donde da cuenta de la llegada del DIRGEN-PNP y del DIREOP-PNP, de Lima a Tacna, y su abordaje al helicóptero que lo llevaría a Moquegua. Anexo N° 23

Registro de Oficiales y Personal de la Policía Nacional del Perú, cuando llega a una Dependencia Policial en Comisión de Servicio se debe controlarse, en este cado se adjunta el control de la llegada Moquegua a horas 18.30 y salida de Moquegua con destino A Arequipa a horas 19.00, del Director General de la Policía Nacional del Perú General PNP Octavio Salazar Miranda, el General PNP Julio Vergara Jefe de la Dirección Ejecutiva de Operaciones Policiales DIREOP-PNP, no se controlo. Anexo N° 23

Palabras del Señor Ministro del Interior Luis Alva Castro, el día 14 de Julio del 2008, ante la Comisión Permanente del Congreso de la República, donde el Ministro manifiesta que dispuso que el Director General PNP, Octavio Salazar Miranda, personalmente se constituyera a la zona de los hechos para asumir el Comando y proseguir con las Operaciones de restablecimiento del Orden. Cosa que se hizo. El DIRGEN PNP no cumplió lo dispuesto por el Ministro del Interior en asumir el Comando en la zona, ya que el Director General solo permanece en Moquegua dos (2) hora aproximadamente desde las 17.40 hasta las 19.35 que sale con destino de Arequipa, llegando a horas 20.10, solo quedándose al mando de las Operaciones el Coronel PNP Vicente Alvares Jefe de la Región Policial de Moquegua. Anexo N° 30, (Ver en el Anexo N° 30 la Bitácoras del Helicóptero MI 17, de Matricula N° PNP-502, del día 16 de Junio del 2008, Nota Informativa N° 1322 –XI-DIRTEPOL-PNP-CEOPOL y Registro de Oficiales y Personal de la Policía Nacional del Perú, que cuando llega a una Dependencia Policial en Comisión de Servicio se debe controlarse). Anexo Nº 23
FORMALIZACION DE LA INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MINISTERIO PÚBLICO - FISCALIA PROVINCIAL PENAL CORPORATIVA DE MARISCAL NIETO, donde el Fiscal indica que en la Asamblea Popular determinan solicitar que el General Jordán forme parte de la Comitiva que viajaría a reunirse con el Presidente del Consejo de Ministro Jorge del Castillo Gálvez, en Lima ya que el Primer Ministro lo esperaba, el Director General PNP Octavio Salazar Miranda, comisiono al Coronel de la Sanidad PNP Danilo Agramonte, para que viaje en el helicóptero a Moquegua, dándole la orden que yo no viajara a Lima, dicha orden fue dada en presencia del Monseñor Cortez, Obispo de Tacna y Moquegua ( el mismo que puede ser llamado como testigo) el Coronel Medico en el helicóptero me sedo y me bajaron en Arequipa y no pude viajar con la comitiva a Lima.

El Director Genera PNP Octavio Salazar Miranda, no le convenía que yo viaje a Lima por que se iba saber la verdad de lo sucedido en Moquegua.
Anexo Nº 24.

Acusación Fiscal del Tribunal Supremo Militar – Policial Fiscalía d la Vocalía de Investigación, denunciándome, por el Delito de Deber de Función Operativa en agravio del Estado Peruano. Anexo Nº 25.

Resolución Nro. Uno del 9º Juzgado Constitucional, donde el Juez de conformidad con lo normado en los artículos 15 y 22 del Código Procesal Penal de aplicación supletoria de autos. SE ORDENA: la Reincorporación del demandante César Alberto Jordán Brignole como General de la Policía Nacional del Perú en situación de actividad, ejecutándose el presente mandato judicial por las autoridades demandadas en el plazo de 15 días útiles otrosí; tenga por delegadas las facultades generales de representación de la parte demandante, en el presente cuaderno cautelar y por el Abogado que autoriza el escrito. Anexo Nº 26

Resolución Nro. Uno del 9º Juzgado Constitucional, donde se le Ordena al Procurador encargado de Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior que de conformidad con lo normado en el artículo 122 y 128 del Código Procesal Civil en la aplicación supletoria al caso de autos; SE DECLARA: Improcedente la oposición formulada por la Procuraduría a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior; y prosiguiendo la causa según su estado, se requiere a los demandados para que cumplan con el mandato cautelar y en consecuencia reincorporar al demandante como General de la Policía Nacional en el Servicio Activo, por un plazo de tres días, bajo apercibimiento de ley. Anexo Nº 27

Resolución Nro. 06 del 9º Juzgado Constitucional, donde se SE DECLARA: Improcedente la oposición formulada por la Procuraduría a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior; y prosiguiendo la causa según su estado, se requiere a los demandados para que cumplan con el mandato cautelar y en consecuencia reincorporar al demandante como General de la Policía Nacional en el Servicio Activo, en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de ley.- Anexo Nº 28.

Apercibimiento-Denuncia Penal “Cumpla con lo ordenado a la demandada, de remitir copias certificadas al ministerio publico para la denuncia penal correspondiente contra el ministro del interior, director de la policía nacional del Perú, y todos los que resulten responsables por el incumplimiento al mandato judicial; por lo que, requiero se haga efectivo el apercibimiento decretado en resolución nº 06. Anexo N° 29.

Muy agradecido,
Esperando se haga justicia y que mi honor sea reparado, me despido.
Atentamente;


César Alberto Jordán Brignole
General PNP®
DNI. N° 21520551

Correo electrónico: cajordan55@hotmail.com

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