ONU: Piden que Guyana, Surinam y Francia ratifiquen Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas
Juan Carlos Jintiach, vocero de la COICA en el Foro Permanente. Foto: Jorge Agurto / Servindi
Servindi, 20 de mayo, 2011.- La Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica (COICA) pidió que los estados de Guyana, Surinam y Francia ratifiquen el Convenio núm. 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre Pueblos Indígenas.
En el caso de Francia la ratificación beneficiaría directamente a los pueblos indígenas de la Guyana Francesa, que con Guyana y Surinam forman parte de la cuenca amazónica.
El pedido lo formuló Juan Carlos Jintiach, Coordinador del Área de Cooperación Económica de la COICA en la décima sesión del Foro Permanente para las Cuestiones Indígenas que se celebra del 16 al 27 de mayo en New York, Estados Unidos.
La COICA representa a más de 390 pueblos indígenas de nueve países de la región más estratégica en biodiversidad del planeta: la cuenca amazónica, afirmó Jintiach.
Desafortunadamente, en esta región se concentran los proyectos extractivos más grandes de América Latina, como son los hidrocarburos, hidroeléctricas, mineras, vías e hidrovías y muchas de ellas, hacen parte del gran proyecto de Integración de la Infraestructura Regional Sudamericana (IIRSA).
Además de esas actividades se agrega un sinnúmero de acciones de biopiratería y uso indebido de los saberes ancestrales, sin ninguna consulta ni participación de los pueblos indígenas en las decisiones y menos en la distribución equitativa de los beneficios.
El representante de la COICA sostuvo que el principio del consentimiento libre, previo e informado debe permitir a los pueblos indígenas participar efectivamente y de manera fundamental y determinante de las decisiones sobre los programas y políticas que les atañen.
En tal sentido Jintiach pidió que el Foro Permanente inste a los gobiernos y organismos internacionales a elaborar, en consulta y cooperación con los propios pueblos indígenas, normas, mecanismos y procedimientos apropiados para cumplir con la aplicación de dicho principio.
Recalcó, además, que se tome la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas como marco de obligatorio cumplimiento, para la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo.
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