CAOI saluda sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor del Pueblo Sarayaku


CAOI saluda sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a favor del Pueblo Sarayaku

Fallo sienta jurisprudencia de cumplimiento obligatorio por los Estados del continente.

Una nueva sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) se suma a la jurisprudencia de esta instancia internacional a favor del derecho a la consulta de los pueblos indígenas. Se trata del fallo en el Caso Sarayaku, el mismo que declara la ilegalidad de la concesión otorgada por el Estado ecuatoriano a la empresa petrolera transnacional CGC.

La Corte IDH es una instancia supranacional a la que podemos recurrir los pueblos indígenas cuando los Estados no nos hacen justicia e incumplen la Convención Americana y otros tratados internacionales que amparan nuestros derechos”, señaló Miguel Palacín Quispe. “El uso de este mecanismo representa una de las estrategias que debemos seguir”, agregó.

Subrayó que el Caso Sarayaku, como los de Awas Tigni y Saramaka, sientan jurisprudencia de cumplimiento obligatorio para los Estados, por lo que los pueblos indígenas y sus organizaciones podemos usarlas como argumento en nuestras demandas ante los Estados nacionales. “El fallo del Caso Sarayaku es una nueva lección y un nuevo llamado de alerta para los Estados que insisten en ignorar y vulnerar nuestros derechos”, advirtió.

La sentencia, emitida el 24 de julio, da la razón al Pueblo Sarayaku luego de una larga lucha en defensa de su vida y su territorio. La Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas – CAOI saluda este fallo y extiende su abrazo solidario al Pueblo Sarayaku, sus organizaciones y la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador – CONAIE.

A través de un comunicado emitido por la CONAIE, su Presidente Humberto Cholango destacó que el fallo ratifica la obligatoriedad de la Consulta Previa, precisando que ésta debe ser realizada por el Estado y que el sujeto consultado es la comunidad, el pueblo o la nacionalidad afectada, a través de sus propias formas institucionales y de gobierno interno. En consecuencia, cualquier otro acto o evento con personas o entidades que no son órganos de gobierno propio, será nulo.

Para la CAOI, el Pueblo Sarayaku es un ejemplo de valentía y tenacidad para los pueblos indígenas del Abya Yala y del mundo en su lucha en defensa de la Madre Tierra, contra la imposición de las actividades extractivas en nuestros territorios y por el respeto del derecho a la consulta y consentimiento previo, libre e informado. Compartimos su alegría por la justicia alcanzada y demandamos al Estado ecuatoriano el inmediato acatamiento de la sentencia de la Corte IDH.

Lima, 26 de julio del 2012.

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