02 PROYECTO PERFECTIBLE DE LA NUEVA CONSTITUCION POLITICA DEL PERÚ
AGRUPACIÓN PERUANO LATINO AMERICANA: “APELA“
Calle San Pedro N° 232-(tercera cuadra) Cercado de Arequipa
correo electrónico: domisan_2011@hotmail.es Teléfono 054-330014 Cel. 957 947 860
2
La propuesta consideramos no está aún acabada, solicitamos nuestro derecho a seguir reformándola mientras aún se requiera ponernos a mayor disposición de nuestro pueblo. Pero, consideramos que la presente sirve al debate y esclarecimiento de lo que debe ser una Constitución en la que se plasmen los derechos del pueblo principalmente.
Consultas, información, observaciones o sugerencias, pedimos nos hagan llegar a nuestro Coordinador General Sr. Domiciano Sánchez Carcausto, a la dirección Calle San Pedro N° 232- (tercera cuadra) Cercado de Arequipa, correo: domisan_2011@hotmail.es Tel. 054-330014, cel. 957 947 860.
PARA ANEXAR A PROPUESTA DE FONAVISTAS
(Y ser considerado en la presentación para Referéndum de Julio del 2015)
CONSTITUCION POLITICA DEL PERÚ
EXPOSICION DE MOTIVOS
Nuestros tiempos nos obligan a considerar el respeto de los Derechos
Fundamentales, pues sin ellos no habría Constitución. Hemos partido de precisar que la democracia no es más que división de poderes y respeto de los derechos fundamentales, caso contrario si negamos la división de poderes estaríamos proponiendo la concentración de poderes y ello no es más que un sistema autoritario, aunque llamemos a ello órgano, sistema, función, o simplemente poder. Precisamos ello, en razón de que se suele criticar a los universalmente denominados poderes como el parlamento, considerándolo inútil, pero si lo eliminamos simplemente expresamos otra opción de carácter autoritario o de dictadura abierta; por ello preferimos usar los términos universalmente reconocidos como es la denominada división de poderes.
Igualmente no podríamos hablar de derechos fundamentales si estando en el derecho internacional, no los suscribimos en la Constitución y peor negados con simples leyes ordinarias, y aún con mayor gravedad cuando los entes encargados de garantizarlos simplemente no lo hacen o lo niegan; un ejemplo ocurre con el derecho a la estabilidad laboral o el ejercicio de la sindicalización violado enésimas veces, y la Constitución del 93 lo permite principalmente a través de las denominadas SERVIS o de tercerización; o cuando se dice que tenemos derecho a un medio ambiente saludable y mediante simples Tratados de Libre Comercio se impone a la fuerza inversiones, principalmente mineras o petroleras que destruye el medio ambiente incluyendo las condiciones de vida de la población, sin que se garantice realmente los derechos fundamentales que son la razón de nuestra Constitución.
Calle San Pedro N° 232-(tercera cuadra) Cercado de Arequipa
correo electrónico: domisan_2011@hotmail.es Teléfono 054-330014 Cel. 957 947 860
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La propuesta consideramos no está aún acabada, solicitamos nuestro derecho a seguir reformándola mientras aún se requiera ponernos a mayor disposición de nuestro pueblo. Pero, consideramos que la presente sirve al debate y esclarecimiento de lo que debe ser una Constitución en la que se plasmen los derechos del pueblo principalmente.
Consultas, información, observaciones o sugerencias, pedimos nos hagan llegar a nuestro Coordinador General Sr. Domiciano Sánchez Carcausto, a la dirección Calle San Pedro N° 232- (tercera cuadra) Cercado de Arequipa, correo: domisan_2011@hotmail.es Tel. 054-330014, cel. 957 947 860.
PARA ANEXAR A PROPUESTA DE FONAVISTAS
(Y ser considerado en la presentación para Referéndum de Julio del 2015)
CONSTITUCION POLITICA DEL PERÚ
EXPOSICION DE MOTIVOS
Nuestros tiempos nos obligan a considerar el respeto de los Derechos
Fundamentales, pues sin ellos no habría Constitución. Hemos partido de precisar que la democracia no es más que división de poderes y respeto de los derechos fundamentales, caso contrario si negamos la división de poderes estaríamos proponiendo la concentración de poderes y ello no es más que un sistema autoritario, aunque llamemos a ello órgano, sistema, función, o simplemente poder. Precisamos ello, en razón de que se suele criticar a los universalmente denominados poderes como el parlamento, considerándolo inútil, pero si lo eliminamos simplemente expresamos otra opción de carácter autoritario o de dictadura abierta; por ello preferimos usar los términos universalmente reconocidos como es la denominada división de poderes.
Igualmente no podríamos hablar de derechos fundamentales si estando en el derecho internacional, no los suscribimos en la Constitución y peor negados con simples leyes ordinarias, y aún con mayor gravedad cuando los entes encargados de garantizarlos simplemente no lo hacen o lo niegan; un ejemplo ocurre con el derecho a la estabilidad laboral o el ejercicio de la sindicalización violado enésimas veces, y la Constitución del 93 lo permite principalmente a través de las denominadas SERVIS o de tercerización; o cuando se dice que tenemos derecho a un medio ambiente saludable y mediante simples Tratados de Libre Comercio se impone a la fuerza inversiones, principalmente mineras o petroleras que destruye el medio ambiente incluyendo las condiciones de vida de la población, sin que se garantice realmente los derechos fundamentales que son la razón de nuestra Constitución.
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