Objeción de Conciencia. Carta abierta a toda agrupación y líder político en el Perú
Señores líderes y miembros de toda agrupación política,
De mi mas sincera consideración,
De acuerdo al artículo 2 de la Constitución asi como la ley No. 29635 art. 4 ejerzo mi derecho a objetar de manera conciente el deber cívico al voto obligatorio y al pago de cualquier multa derivada por dicha objeción.
Que es la "Objeción de Conciencia"?
Según el artículo 4 de la ley No. 29635 la objeción de conciencia es "la oposición de un individuo al cumplimiento de un deber legal, en razón de sus convicciones morales religiosas."
El rechazo al cumplimiento de determinadas normas jurídicas por considerarse éstas contrarias a las creencias éticas o religiosas de una persona es un derecho inalienable del ciudadano. En principio, puede plantearse ante cualquier tipo de mandato que se derive del ordenamiento jurídico.
Debido a las constantes denuncias criminales, las faltas de ética, denuncias de actos de corrupción y de influencia de organizaciones criminales dentro de las instituciones gubernamentales y partidos politicos ejerzo el derecho de objetar concientemente a ciertos mandatos derivados de dicho ordenamiento jurídico y promulgados por los ya mencionados partidos politicos e instituciones de gobierno copadas por dichas organizaciones debido a que no me representan tanto ética como moralmente y van en contra de mis creencias, de mi formación y de valores reconocidos universalmente como la ética, la honradez, la modestia, la solidaridad, la prudencia, la responsabilidad, la justicia, la igualdad, y la integridad personal.
Atentamente,
Miguel Andrés Castro Kohler
DNI 06 322 423
De acuerdo al artículo 2 de la Constitución asi como la ley No. 29635 art. 4 ejerzo mi derecho a objetar de manera conciente el deber cívico al voto obligatorio y al pago de cualquier multa derivada por dicha objeción.
Que es la "Objeción de Conciencia"?
Según el artículo 4 de la ley No. 29635 la objeción de conciencia es "la oposición de un individuo al cumplimiento de un deber legal, en razón de sus convicciones morales religiosas."
El rechazo al cumplimiento de determinadas normas jurídicas por considerarse éstas contrarias a las creencias éticas o religiosas de una persona es un derecho inalienable del ciudadano. En principio, puede plantearse ante cualquier tipo de mandato que se derive del ordenamiento jurídico.
Debido a las constantes denuncias criminales, las faltas de ética, denuncias de actos de corrupción y de influencia de organizaciones criminales dentro de las instituciones gubernamentales y partidos politicos ejerzo el derecho de objetar concientemente a ciertos mandatos derivados de dicho ordenamiento jurídico y promulgados por los ya mencionados partidos politicos e instituciones de gobierno copadas por dichas organizaciones debido a que no me representan tanto ética como moralmente y van en contra de mis creencias, de mi formación y de valores reconocidos universalmente como la ética, la honradez, la modestia, la solidaridad, la prudencia, la responsabilidad, la justicia, la igualdad, y la integridad personal.
Atentamente,
Miguel Andrés Castro Kohler
DNI 06 322 423
Comentarios
Publicar un comentario